[1] TREA (Tasa de Rendimiento Efectivo Anual) es igual a la TEA (Tasa de
Interés Efectiva Anual) fijas, calculadas a 360 días. ITF 0.005%, según
D.S. N° 150-2007-EF
[2] El cálculo de TCEA corresponde a un patrón estandarizado de
comparación de costos y se presenta a través de un ejemplo que considera
los parámetros previstos en el anexo 1-A de la Resolución SBS N°3274 -
2017 bajo el supuesto de cumplimiento de todas las condiciones pactadas.
La TCEA indicada considera el pago de 12 cuotas mensuales que
incrementan su valor, sin embargo en el Adelanto de Sueldo la suma
adeudada se paga sin fraccionarse en cuotas, por lo que la TCEA del
ejemplo es mayor y no corresponde al financiamiento a ser ofrecido. Se
aplica una comisión por el descuento automático de 3% (mín S/8 o US$2.50
según la moneda de la cuenta) sobre el monto adelantado y el cobro de la
suma adeudada se debita automáticamente una vez depositados los haberes
en su cuenta sueldo a través del Servicio de Pago de Haberes de BanBif o
Transferencia Interbancaria para Pago de Haberes. En caso que el
empleador del cliente no efectúe el abono de los haberes, el cliente
podrá acercarse a cualquier oficina de BanBif a pagar la deuda en la
ventanilla, no procediendo en dicho caso el pago de la comisión por
descuento automático. En caso dispongas de saldo en otras cuentas,
puedes también realizar el pago a través de la nuestra banca digital
BanBif. Los intereses moratorios se aplican en los casos que el cliente
incumpla con el pago total o parcial de la cuota en la fecha pactada. La
mora es automática. Esta tasa se aplicará desde el día siguiente de la
fecha de vencimiento de la obligación, inclusive hasta el día del pago
total efectivo de la cuota impaga. De no pagar la cuota dentro de la
fecha de vencimiento de pago, se cobrará la tasa de interés moratorio
nominal anual de 12.51% en soles o 9.91% en dólares por cada día de
retraso. Esta tasa de interés moratorio podrá ser modificada por el
Banco Central de Reserva del Perú conforme a lo dispuesto en el artículo
6 de la Ley 28587, el artículo 51 del Decreto Ley 26123 y la circular
0008-2021-BCRP y no corresponde al financiamiento a ser ofrecido. TCEA
(Tasa de Costo Efectivo Anual) calculada a 360 días. Aplica ITF de
0.005%, según D.S No150-2007-EF.
Campaña Ruleta Genial 2.0: Vigencia del 01.03.2025 al
30.06.2025 o hasta agotar stock de 12,000 premios. Participan las
cuentas Cuenta Ahorro Genial y Cuenta Sueldo Genial. Más información,
términos y condiciones en https://www.reinventabanbif.pe/RuletaGenial2.
Condiciones de la Ruleta Genial: Vigencia del 01/03/25
al 30/06/25 o hasta agotar stock de 12,000 premios. Participan los
titulares de las siguientes cuentas abiertas durante la vigencia: i)
Cuenta Ahorro Genial con saldo de S/900 o US$300 cualquier día durante
el mes de apertura, o ii) Cuenta Sueldo Genial con abono de haberes
durante la vigencia. También participan los clientes de Cuenta Ahorro
Genial y Cuenta Sueldo Genial que incrementen su saldo promedio mensual
en S/900 o US$300 respecto del mes anterior. Se ganará un giro por cada
mes en el que se cumpla el incremento. El incremento de saldo promedio
mensual es la diferencia entre el saldo promedio mensual al cierre del
mes respecto del saldo promedio mensual del mes anterior (el saldo
promedio mensual se calcula sumando el saldo existente en la cuenta al
cierre de cada día y dividiendo la sumatoria entre el total de los días
calendario que tenga el mes). Además, los titulares de Cuenta Ahorro
Genial y Cuenta Sueldo Genial que contraten y paguen un Seguro de
Protección de Tarjeta Premium Plan Anual. Por último, los titulares de
Cuenta Sueldo Genial que dispongan de un Adelanto de sueldo. No
participan cuentas mancomunadas. Acceso a la ruleta: El participante
recibirá un SMS o correo electrónico con un código único que le dará
acceso a la Ruleta Genial ingresando a
https://www.reinventabanbif.pe/RuletaGenial2. El plazo para recibir la
comunicación será dentro de los 31 días calendario posteriores de haber
cumplido las condiciones. El código habilitará al participante para
girar la Ruleta Genial una (1) vez y ganar un (1) premio de manera
aleatoria, el cual será el indicado en la ruleta luego de realizar el
giro. Más información sobre premios, restricciones y condiciones en
https://www.reinventabanbif.pe/RuletaGenial2. Los datos personales
recibidos por parte del ganador serán tratados conforme a la Ley N°
29733, Ley de Protección de Datos Personales, así como su Reglamento
aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS y demás normas
complementarias y sustitutorias, con la finalidad de gestionar la
entrega del premio. Para más información sobre cómo BanBif tratará estos
datos, puede revisar nuestra Política de Privacidad en el siguiente
enlace: https://www.banbif.com.pe/tratamiento-de-datos-personales.
Depósitos cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos hasta por un
monto de S/121,000.00 para el trimestre marzo 2025 – mayo 2025, de
acuerdo a la Circular N° 2274-2025 - SBS, reajustable trimestralmente.
Información sobre los costos de nuestros productos Cuenta Sueldo Genial
y Adelanto de Sueldo está disponible en las oficinas de atención al
público a través del tarifario y en nuestra página web www.banbif.com.pe
en "Tarifario General". MKT. 01.03.2025